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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05455
28 de mayo de 2007
DAGJ-0545-2007
Señora
Adriana Angulo Sibaja
Representante Legal
DECLASA
Fax: 293-15-14
Estimada señor:a
Asunto:
Reajuste de precios .
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 12 de abril del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 17 de abril, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor en relación con el reajuste de precios del contrato suscrito entre la compañía Desechos Clasificados Declasa S.A y el Hospital México.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”) entendida por los sujetos que se encuentran bajo la fiscalización de este órgano contralor.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la co ...
Fecha publicación: 12/07/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05442
28 de mayo de 2007
DAGJ-0536-2007
Bachiller
Dyalah Barthley Brown
Fax: 798-06-16
Estimada señora:
Asunto:
Solicitud de criterio en relación con el artículo 38, inciso c) de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 08 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 10 de mayo de los corrientes, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor en relación con el artículo 38 inciso c) de la Ley 8422.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”) entendida por los sujetos que se encuentran bajo la fiscalización de este órgano contralor.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el h ...
Fecha publicación: 12/07/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05457
28 de mayo de 2007
DAGJ-0546-2007
Señor
Adrián Antonio Ulloa Navarro
Fax:591-52-43
a.ulloa@costarricense.cr
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con la legalidad del nombramiento del señor Alcalde Suplente.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 07 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 02 de mayo, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con la legalidad del nombramiento del señor Alcalde Suplente.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Cont ...
Fecha publicación: 12/07/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06341
18 de junio de 2007
DAGJ-0667-2007
Profesor
Víctor Vargas Ramírez
Fax: 254-06-09
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada la legalidad del cobro de multas realizado por la Municipalidad de San José.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 31 de mayo, recibido en esta Contraloría General el 05 de junio del año en curso, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la legalidad de la venta de boletas y el cobro de multas que realiza la Municipalidad de San José.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de los antecedentes anteriormente desarrollados, se concluye que usted no está legitimado para solicitarle un criterio a este órgano de fiscalización superior. Asimismo, el tema consultado, excede el ámbito de competencias de esta Contraloría General, por lo que se resuelve rechazar de plano la misma.
Suscriben atentamente,
Lic. Allan Ugalde Rojas Bach. Ingrid Brenes Guevara
Gerente Asociado Fiscalizadora Asociada
Ibg/Aur/Pbj
Ni: 10899-07
Ci: Archivo Central
G : 2007002824-1
] ...
Fecha publicación: 24/06/2007
Fecha emisión: 18/06/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06264
15 de junio de 2007
DAGJ-0643-2007
Doctor
Alban Bonilla Sandí
Director Ejecutivo
UNIDAD DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS DE COSTA RICA
Telefax: 524-2440
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con la legalidad de varias publicaciones realizadas por Universidades Públicas..
Se refiere este Despacho a su oficio No.UNIRE/036-2007/Dir.Ejec, de fecha 03 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con la legalidad de algunas publicaciones realizadas por Universidades Públicas.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, ...
Fecha publicación: 22/06/2007
Fecha emisión: 15/06/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06271
15 de junio de 2007
DAGJ-0647-2007
Señor
Alfonso Erick Carvajal Granados
Agente Aduanero Independiente
200 metros sur de las canchas de tenis
Lomas de Ayarco Sur
info@aduapack.com
Facsimiles: 271-52-68, 271-10-36
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con el artículo 62 de la Ley General de Aduana (LGA).
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 04 de junio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con el artículo 62 de la LGA.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ...
Fecha publicación: 22/06/2007
Fecha emisión: 15/06/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06266
15 de junio de 2007
DAGJ-0644-2007
Señores
Alberto Serrano Urbina
Contralor de Servicios de Alajuela
Alejandro Quesada Monestel
Contralor de Servicios de Heredia
Contraloría de Servicios
PODER JUDICIAL
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con la reasignación de los puestos de los Subcontralores de Servicios a un nuevo puesto denominado “Contralor de Servcicios Regional”.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 23 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 29 de mayo, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con los puestos de los Subcontralores de Servicios que se consideran sobrevalorados y que se reasignarán en un nuevo puesto denominado “Contralor de Servcicios Regional”
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular ...
Fecha publicación: 22/06/2007
Fecha emisión: 15/06/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05963
11 de junio de 2007
DAGJ-0603-2007
Señora
Flor Alejandra Obando Escobedo
Representante Legal
ELECTROMÁTICA S.A.
Fax:286-3205
fobando@electromatica.net
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre reajuste de precios..
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 17 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con con varios cuestionamientos sobre el tema de Reajuste de Precios.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la C ...
Fecha publicación: 17/06/2007
Fecha emisión: 11/06/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05445
28 de mayo de 2007
DAGJ-0539-2007
Licenciado
José Duarte Sibaja
DUARTE & ASOCIADOS
Fax: 227-07-75
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio de aplicación, de interpretación y la modificación o derogación del artículado enumerado en concordancia con el artículo 121 inciso 14,50, y 33 de la Constitución Política y la legislación nacional vigente.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 01 de mayo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 10 de mayo, en el cual solicita criterio de aplicación, de interpretación y la modificación o derogación del artículado enumerado en concordancia con el artículo 121 inciso 14,50, y 33 de la Constitución Política y la legislación nacional vigente.
Asimismo, señala usted en su nota la siguiente pretensión:
1) “Una Nueva Ley de Condominios que no Privatice la Zona Marítimo Terrestre
2) Amojonamiento de toda la zona costera del país, la revisión y el control de los ya existentes, porque existen muchas construcciones que se encuentra ubicadas dentro de los 50 metros de la zona pública.
3) Un Plan Regulador y un Mapa Costero a nivel Nacional, donde se abarque la zona restringida de 150 metros a nombre del Estado como lo indica la Constitución, y en los casos debidamente calificados por ley (y no las personas) se indique que tal franja del territorio nacional en la zona restringida es propiedad privada, tal y como lo establece el transitorio III de la ley 4558, trasladandose la carga de la prueba a los supuestos titulares de la zona restringida.”
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase l ...
Fecha publicación: 09/06/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05439
28 de mayo de 2007
DAGJ-0533-2007
Señores
Marco Vinicio Campos Mata
vinimata@costarricense.cr
Lic. Roy Chavarría Aguilar
Francis Grant Cabezas
Alonso Grant Cabezas
Urbanización Clara Rosa, casa #4, color papaya, verjas azules, 100 metros oeste del Cementerio calle Los Cerrilos, Dulce Nombre de Cartago
Estimados señores:
Asunto: Reparación de calles del sector de la Lima, Cartago.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 07 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 02 de mayo, en el cual solicita nos pronunciemos en relación con la reparación de las calles del sector de la Lima, Cartago.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarles que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentran sujetos a la fiscalización de este órgano contralor)
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir ...
Fecha publicación: 04/06/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA